sábado, 10 de febrero de 2007

Protección de Victimas, testigos y otros sujetos procesales


Con la entrada en vigencia de la novisima Ley de Protección de Victimas, Testigos y demas sujetos procesales, este tema ha recobrado el interes por parte de los operadores de justicia, quienes muchas veces, se sentían de manos atadas, por la reticencia de los testigos para acudir a los juicios y declarar, atemorizados por las represalias que esto les pudiera generar en su esfera personal y familiar.


Es por ello, que el Estado, a traves de esta ley, establece los mecanismos necesarios, para que codayuvado por los Ministerios de Interior y Justicia, Vivienda y Habitat, Trabajo y Salud, para garantizarle a todo ciudadano que pudiera resultar afectado tanto fisica como emocionalmente, la seguridad que estará suficientemente protegido y que su intervención dentro de un proceso penal, no le acarreará consecuencias desfavorables.


En tal sentido, se observa que el Estado, es garante de proporcionarle, segun las circunstancias a estos sujetos una nueva identidad, la reubicación laboral, habitacional, no solo a él sino a sus familiares, asi como promover la participación de estos en programas especiales para testigos, contacto directo con las lineas de protección, asi como la vigilancia permanente por parte de brigadas especiales de seguridad, todo en aras de crear esa confianza en la ciudadania de que por aportar información a los organos jurisdiccionales, no va a resultar lastimado, porque para ello el Estado ha asumido la responsabilidad de brindarle la protección necesaria.

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